Revista Digital CECAN E3

Examinar. Entender. Evaluar

El control del orden público y el manejo de la urgencia manifiesta

El manejo del orden público y de la Urgencia manifiesta por parte del otrora alcalde Ospina hoy Jorge Iván, a secas, resultante de su nueva personalidad, deja mucho que desear en tratándose de asegurar la convivencia social y la tranquilidad de los caleños que han sido gravemente afectados en sus vidas y bienes personales con ocasión de los hechos de violencia y vandalismo ocurridos en días recientes con ocasión del desarrollo de la protesta ciudadana en contra de las políticas públicas de carácter antidemocrático y antipopular del gobierno del presidente Duque.

De esta forma se ha puesto en riesgo la garantía constitucional y legal que tienen los caleños de contar con la protección del Estado, circunstancia esta que se ha diluido en medio de las acciones de varios grupos de anarquistas y de delincuentes, que a su vez utilizan a los jóvenes como pantallas para obtener toda clase de réditos, especialmente de carácter político electoral de corto y largo plazo ligados con la próxima campaña electoral.

Desde luego que encargar a las fuerzas militares del control del orden público tan solo puede agravar la situación de violencia que se vive en la ciudad, en tanto que el diálogo social convocado por el presidente Duque crea la posibilidad de llegar a ciertos acuerdos con los cuales se puede superar el estado de cosas que se vive en el país y particularmente en la ciudad de Cali, y no obstante la producción de ciertos hechos aislados de violencia que deben ser erradicados con el concurso del alcalde como responsable del control del orden público y de la seguridad de los ciudadanos.

En esta ocasión conviene destacar los acuerdos a los que se llegó con algunos de los manifestantes que bloquearon las entradas y salidas de la ciudad en torno a permitir el ingreso de los transportes de víveres y de aquellos insumos indispensables para la atención de los pacientes que se encuentran en las clínicas y hospitales locales. Este hecho constituye, en cierta forma, una manera de realizar el diálogo social que permite solucionar algunos problemas relacionados con los intereses y necesidades de los caleños y vallecaucanos.

Por otra parte resulta preocupante, la forma como se manejan los recursos del presupuesto municipal sobre todo respecto de uno de los casos más emblemáticos relacionados con los contratos realizados por CORFECALI, respecto de los cuales la contraloría Municipal estableció varios hallazgos que comprometen la responsabilidad de los funcionarios que los suscribieron con ocasión de las festividades de la pasada feria.

Lo preocupante de esto, es que el alcalde Jorge Iván decretó la urgencia manifiesta por un período de tres meses para atender la situación de orden público por la que atraviesa la ciudad a raíz de la protesta social que tiene lugar en el país y en especial en la ciudad de Cali.

Este instrumento legal le permitirá a toda la administración contratar de manera directa con terceros la prestación de diversos servicios o la ejecución de una serie de obras en el inmediato futuro sin necesidad de acudir a la licitación pública de que trata la ley 80 de 1993

Dicha urgencia manifiesta podrá extenderse si persisten los hechos de perturbación del orden público o de inseguridad de las personas y bienes respectivamente.

Aunque los contratos que se celebren en estas condiciones serán objeto del control fiscal para establecer el cumplimiento de todas las formalidades, esto no excluye la posibilidad de que suceda lo que ya conoce la ciudadanía con la ejecución de obras inconclusas y de pésima calidad y con los sobrecostos que resultan en medio de la ejecución de los contratos, de todo lo cual da fe lo sucedido con las 21 Megaobras, las obras del estadio Pascual Guerrero, la plazoleta Jairo Varela, etc.

La Veeduría que representamos considera necesario crear, con base en una nueva ley, una estructura jurídica de control ciudadano de los actos administrativos y de la contratación oficial a cargo de las veedurías ciudadanas que podrían realizar un control previo de los mismos y el poder de intervenir oficiosamente en los procesos administrativos como parte interesada en la defensa del interés general y de los principios, valores y derechos de los ciudadanos en general.

Veeduría ciudadana por la democracia y la convivencia social

Pablo A. Borrero V.  Luz Betty J. De Borrero